Ley 9.624 de Mendoza: Billeteras virtuales de menores: control de los padres

Ley 9.624 de Mendoza (29 de abril de 2025): Agrega el artículo 44 quinquies a la Ley de Defensa del Consumidor (5547). Si un menor tiene una billetera electrónica y sus padres o tutores son responsables de la cuenta, el proveedor debe darles acceso total a la información y permitirles cerrar la cuenta.

Número
Ley 9.624
Tema
Derechos y sociedad
Sancionada
29 de abril de 2025
Publicada en el Boletín Oficial
12 de mayo de 2025 (N.º 32349)

En pocas palabras

  • Los padres o tutores acceden sin restricción a consumos, movimientos y transferencias de la cuenta.
  • También ven las inversiones de la cuenta.
  • Pueden cerrar la cuenta en cualquier momento, sin intervención del menor.

Texto de la ley

  • Artículo 1: Incorpórase el Artículo 44 Quinquies a la Ley Nº 5547 de Defensa del Consumidor, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Art. 44 Quinquies: En el caso de relación de consumo sobre servicios financieros cuyo objeto sea el acceso y/o uso de las llamadas billeteras electrónicas a personas menores de edad bajo su titularidad, y en cuya relación de consumo se establezca como responsable de la cuenta a los padres y/o tutores del menor de edad y vinculadas a los mismos, el proveedor deberá permitir al usuario financiero responsable de la cuenta el acceso irrestricto a toda la información…

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza.