Ley 9.619 de Mendoza: Expropiación en General San Martín para una escombrera municipal

Ley 9.619 de Mendoza (15 de abril de 2025): Declara de utilidad pública y sujeto a expropiación un inmueble de unos 474.543 m2 en Alto Salvador, General San Martín, para instalar la Escombrera Municipal. La Municipalidad expropia y paga los gastos.

Número
Ley 9.619
Tema
Tierras y expropiaciones
Sancionada
15 de abril de 2025
Publicada en el Boletín Oficial
21 de abril de 2025 (N.º 32336)

En pocas palabras

  • Inmueble en calle Oratorio s/n, distrito Alto Salvador, de 474.543,31 m2 según mensura.
  • Destino: emplazar la Escombrera Municipal.
  • Expropia la Municipalidad de General San Martín según el Decreto-Ley 1447/75.
  • La Municipalidad paga los gastos.

Texto de la ley

  • Artículo 1: Declárase de utilidad pública y sujeta a expropiación el inmueble ubicado en Calle Oratorio S/N, con salida a Calle Miguez y Barrera, del Distrito Alto Salvador del Departamento General San Martín, el cual consta de una superficie según mensura de cuatrocientos setenta y cuatro mil quinientos cuarenta y tres metros con treinta y un decímetros cuadrados (474543.31 m2), superficie según título de cuatrocientos sesenta y siete mil ciento diecisiete metros con doce decímetros cuadrados (467117,12 m2), todo ello conforme al plano visado por la Dirección de Catastro bajo el Nº 08-18246, del…
  • Artículo 2: La Municipalidad de General San Martín actuará como sujeto expropiante de las superficies individualizadas en el artículo 1º de la presente Ley, de conformidad a las normas establecidas en el Decreto-Ley 1447/75 y atenderá los gastos que demanden el cumplimiento de la presente Ley.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Mendoza.