Ley 9.527 de Mendoza: Fiesta Provincial del Cordero en Malargüe
Ley 9.527 de Mendoza (17 de abril de 2024): Denomina Fiesta Provincial del Cordero a la fiesta que se hace cada abril en Malargüe y designa al departamento como sede permanente. La fiesta debe promover actividades relacionadas con el ganado ovino.
- Número
- Ley 9.527
- Tema
- Producción
- Sancionada
- 17 de abril de 2024
- Publicada en el Boletín Oficial
- 2 de mayo de 2024 (N.º 32099)
En pocas palabras
- Malargüe es la sede permanente de la fiesta.
- Debe incluir actividades gastronómicas, turísticas, culturales, tradicionales, seminarios, capacitaciones y exposiciones.
- EMETUR la incorpora al calendario turístico y cultural de la Provincia.
Texto de la ley
- Artículo 1: Denomínase Fiesta Provincial del Cordero, a la Fiesta del Cordero que se realiza anualmente en el Departamento de Malargüe en el mes de abril.
- Artículo 2: Desígnase al Departamento de Malargüe como sede permanente para la realización anual de la Fiesta Provincial del Cordero.
- Artículo 3: La Fiesta Provincial del Cordero durante su celebración deberá promover actividades gastronómicas, turísticas, culturales, tradicionales, seminarios, capacitaciones y exposiciones relacionadas al ganado ovino.
- Artículo 4: El Ente Mendoza Turismo -EMETUR- o quien lo reemplace en el futuro, incorporará esta Fiesta en el calendario turístico y cultural de la Provincia de Mendoza.